El Seguro de Cesantía es una de las redes de seguridad social más importantes de Chile. Regulado por la Ley N° 19.728 y administrado por la AFC (Sociedad Administradora de Fondos de Cesantía), tiene como propósito garantizar ingresos monetarios y cobertura médica a los trabajadores cuando finaliza su relación laboral.

En esta guía completa actualizada para 2026, te explicamos cómo se financia, qué requisitos debes cumplir para cobrarlo, cómo se calcula el monto de cada giro mensual y cómo realizar el trámite 100% online.

¿Cómo se financia el Seguro de Cesantía?

El financiamiento del seguro proviene de cotizaciones mensuales calculadas sobre la remuneración imponible del trabajador (con un tope imponible legal establecido en UF anualmente por la Superintendencia de Pensiones). La tasa de aporte varía según el tipo de contrato:

Tipo de Contrato Aporte Trabajador Aporte Empleador Destino de los Fondos
Contrato Indefinido 0,6% 2,4% 1,6% a Cuenta Individual (CIC) + 0,8% a Fondo Solidario (FCS)
Contrato a Plazo Fijo / Obra 0,0% (Exento) 3,0% 2,8% a Cuenta Individual (CIC) + 0,2% a Fondo Solidario (FCS)
Trabajadores de Casa Particular 0,0% (Exento) 3,0% 2,2% a Cuenta Individual (CIC) + 0,8% a Fondo Solidario (FCS)

Cuenta Individual (CIC) vs. Fondo de Cesantía Solidario (FCS)

El seguro opera a través de dos cuentas complementarias:

  • Cuenta Individual de Cesantía (CIC): Es tu patrimonio personal. Los fondos acumulados ganan rentabilidad y se pueden cobrar ante cualquier causal de término de contrato, incluyendo renuncia voluntaria, mutuo acuerdo o despido.
  • Fondo de Cesantía Solidario (FCS): Es un fondo común financiado por aportes patronales y aportes del Estado. Si los fondos de tu cuenta individual son insuficientes para cubrir los giros mínimos garantizados por ley, el FCS complementa el saldo restante, siempre que el despido sea involuntario (necesidades de la empresa, quiebra, vencimiento del plazo o caso fortuito).

Requisitos para Solicitar el Seguro en la AFC

Para acceder a los giros mensuales, debes cumplir con dos condiciones básicas:

  1. Acreditar la condición de cesantía: Presentar un documento válido de término de relación laboral (Finiquito ratificado ante notario o ministro de fe de la Inspección del Trabajo, Carta de Despido recepcionada, Acta de Comparendo o Sentencia Judicial).
  2. Tener un mínimo de cotizaciones acumuladas:
    • Para cobrar de la Cuenta Individual (CIC): 10 cotizaciones mensuales (continuas o discontinuas) en contratos indefinidos, o 5 cotizaciones en contratos a plazo fijo.
    • Para cobrar del Fondo Solidario (FCS): 12 cotizaciones en los últimos 24 meses anteriores al despido (las últimas 3 deben ser continuas con el mismo empleador) y haber sido despedido por causal involuntaria.

Tabla de Giros y Porcentajes de Reemplazo

El cobro del seguro no se entrega en un solo pago único, sino en mensualidades decrecientes diseñadas para incentivar la reinserción laboral mientras cubres tus necesidades básicas:

Mes de Giro Porcentaje de tu Sueldo Promedio Fondo de Origen
1° Mes 70% Cuenta Individual (CIC) o Fondo Solidario
2° Mes 60% (FCS) / 55% (CIC) Cuenta Individual (CIC) o Fondo Solidario
3° Mes 55% (FCS) / 45% (CIC) Cuenta Individual (CIC) o Fondo Solidario
4° Mes 50% (FCS) / 40% (CIC) Cuenta Individual (CIC) o Fondo Solidario
5° Mes 45% (FCS) / 35% (CIC) Cuenta Individual (CIC) o Fondo Solidario

Calcula tus aportes y descuentos mensuales en nuestra Calculadora de Seguro de Cesantía y simula tu indemnización total con la Calculadora de Finiquito Laboral.

Paso a Paso para Cobrar Online en la Sucursal Virtual de AFC

  1. Ingresa al portal oficial afc.cl.
  2. Inicia sesión en la Sucursal Virtual de Afiliados utilizando tu ClaveÚnica del Registro Civil o tu clave AFC.
  3. Selecciona la opción "Cobro del Seguro" y haz clic en "Comenzar Solicitud".
  4. Sube una fotografía o archivo PDF legible de tu finiquito firmado o documento de término.
  5. Indica tu cuenta bancaria (CuentaRUT, cuenta corriente o vista) para el depósito automático mensual.
  6. La AFC responderá en un plazo máximo de 3 a 5 días hábiles con el calendario de pagos aprobado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué pasa con el dinero de mi cuenta si nunca quedo cesante o me jubilo?

Los fondos de tu Cuenta Individual nunca se pierden. Al momento de pensionarte ante tu AFP o el IPS, puedes retirar la totalidad del saldo acumulado en tu cuenta individual de cesantía en un solo pago exento de impuestos, o transferirlo a tu fondo de pensión para mejorar tu jubilación.

¿Mantengo mi cobertura de Fonasa mientras cobro el seguro?

Sí. Mientras recibes los giros mensuales del Seguro de Cesantía, mantienes tu cobertura de salud en Fonasa (Tramo B) y el derecho a cobrar Asignación Familiar si tienes cargas debidamente acreditadas.