Calculadora de Seguro de Cesantía (AFC)
¿Quedaste sin empleo? Nuestra calculadora te permite simular los **pagos mensuales que recibirás del Seguro de Cesantía** en Chile. Obtén una proyección clara de tus ingresos durante el periodo de desempleo.
Simula los giros de tu Cuenta Individual de Cesantía (CIC) basándote en tu último sueldo promedio imponible y el tiempo de cotización. Ideal para planificar tus finanzas personales tras el término de un contrato laboral.
¿Cómo funciona el Seguro de Cesantía en Chile?
El **Seguro de Cesantía** es una protección económica a la que tienen derecho todos los trabajadores regidos por el Código del Trabajo. Los fondos provienen de tu cuenta individual (CIC) y, en ciertos casos, del Fondo de Cesantía Solidario (FCS).
Requisitos para el cobro (2026):
- Contrato Indefinido: Contar con al menos 12 cotizaciones mensuales desde tu afiliación o último cobro.
- Contrato a Plazo Fijo: Contar con al menos 6 cotizaciones mensuales.
- Término de la relación laboral: Presentar el finiquito u otro documento legal que acredite el término de la relación laboral.
Porcentajes de pago:
Los pagos son decrecientes mes a mes para incentivar la reinserción laboral. Para el Fondo Solidario, los porcentajes son: 70% el primer mes, 60% el segundo, 45% el tercero, 40% el cuarto, 35% el quinto y 30% del sexto mes en adelante si aplica.
Ejemplo de cálculo de Seguro de Cesantía
Escenario: Juan tenía un sueldo promedio de $1.000.000 y un contrato indefinido con más de 2 años de antigüedad.
Al quedar cesante, recibirá 5 giros decrecientes:
- Mes 1 (70%): $700.000
- Mes 2 (60%): $600.000
- Mes 3 (45%): $450.000
- Mes 4 (40%): $400.000
- Mes 5 (35%): $350.000
Total a recibir: $2.500.000 proyectados.
Preguntas Frecuentes sobre el Seguro de Cesantía
¿Cuándo puedo acceder al Fondo de Cesantía Solidario (FCS)?
Puedes acceder al FCS si tus ahorros en la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) se terminan y no alcanzan para cubrir los pagos garantizados por ley, siempre que cumplas con el mínimo de cotizaciones y estés desempleado por causas involuntarias (como necesidades de la empresa).
¿Qué pasa si renuncio a mi trabajo?
Si renuncias o llegas a un mutuo acuerdo, solo podrás cobrar los saldos acumulados en tu Cuenta Individual (CIC). En este caso, no puedes acceder a los beneficios del Fondo de Cesantía Solidario.
¿El Seguro de Cesantía tributa?
No. Los montos recibidos por concepto de cesantía están exentos de impuestos y no se consideran remuneración para ningún efecto legal o previsional.