El Impuesto Único de Segunda Categoría es un tributo progresivo que grava las rentas percibidas por el trabajo dependiente, como sueldos, pensiones y remuneraciones accesorias. Se llama "único" porque se aplica de forma exclusiva a este tipo de rentas y es retenido directamente por el empleador.

¿Cómo funciona la progresividad?

Este impuesto se basa en un sistema de tramos: mientras más alto es tu sueldo imponible (después de descontar AFP y Salud), mayor es la tasa que se aplica. Lo positivo es que existe un tramo exento, lo que significa que las personas con rentas más bajas no pagan este impuesto.

Tramos del Impuesto Único (Aproximados 2026)

Los tramos se miden en UTM (Unidad Tributaria Mensual) y se actualizan mes a mes. A modo referencial, la estructura es la siguiente:

  • Hasta 13,5 UTM: Exento (0% de impuesto).
  • De 13,5 a 30 UTM: Tasa del 4%.
  • De 30 a 50 UTM: Tasa del 8%.
  • De 50 a 70 UTM: Tasa del 13,5%.
  • De 70 a 90 UTM: Tasa del 23%.
  • Más de 310 UTM: Tasa máxima del 40%.

¿Cómo se calcula el monto a pagar?

El cálculo no es una multiplicación directa de la tasa por todo tu sueldo. Se aplica la tasa del tramo y luego se resta una "Cantidad a Rebajar" que el SII publica mensualmente. Esto garantiza que solo pagues la tasa más alta por la porción de sueldo que excede el tramo anterior.

Fórmula: (Sueldo Imponible - Previsión) × Factor del Tramo - Cantidad a Rebajar.

Para obtener el valor exacto según la UTM del mes, usa nuestra calculadora de impuesto único.

Exenciones y beneficios

  1. Rentas bajas: Si tu sueldo líquido (antes de impuesto) es inferior a aproximadamente $900.000 (dependiendo del valor de la UTM), estarás en el tramo exento.
  2. APV (Ahorro Previsional Voluntario): Si ahorras en APV bajo el Régimen B, ese monto se resta de tu base tributable, lo que puede bajarte de tramo y hacer que pagues menos impuesto único.
  3. Zonas Extremas: Los trabajadores de algunas zonas extremas del país cuentan con bonificaciones que compensan el efecto de este impuesto.

Es responsabilidad del empleador realizar este cálculo mes a mes y enterar el dinero en la Tesorería General de la República. Si tienes más de un empleador, debes informar a uno de ellos para que consolide tus rentas y aplique el tramo correcto, evitando deudas tributarias en la Operación Renta.