La Gratificación Legal es la parte de las utilidades de la empresa que el empleador debe pagar a sus trabajadores. Es un concepto imponible y obligatorio para todas las empresas con fines de lucro que generen utilidades líquidas en su ejercicio comercial.
Sistemas de pago de gratificación
El Código del Trabajo en Chile ofrece dos opciones a los empleadores para cumplir con esta obligación. La empresa elige cuál aplicar (generalmente la que le resulte más económica):
1. Sistema del Artículo 47 (Participación de Utilidades)
La empresa reparte el 30% de sus utilidades líquidas entre todos los trabajadores de forma proporcional a sus remuneraciones. Este sistema es poco común porque el monto es incierto y depende totalmente del éxito financiero de la empresa en el año.
2. Sistema del Artículo 50 (Abono del 25%)
Es el sistema más utilizado en Chile. El empleador paga al trabajador el 25% de lo devengado en el año por concepto de remuneraciones mensuales. Sin embargo, este pago tiene un tope máximo.
El Tope de la Gratificación (Art. 50)
La ley establece que la gratificación mensual no puede exceder el equivalente a 4,75 Ingresos Mínimos Mensuales (IMM) divididos por 12.
Ejemplo 2026: Si el sueldo mínimo es de $500.000, el cálculo sería:
($500.000 × 4,75) / 12 = $197.917 mensual como tope máximo.
Si el 25% de tu sueldo base es mayor a ese monto, solo recibirás el tope. Si es menor, recibirás exactamente el 25%.
¿Cómo afecta tu sueldo líquido?
La gratificación legal se suma a tu sueldo base y otros bonos para formar el total imponible. Sobre este monto se calculan los descuentos de AFP y Salud. Por lo tanto, aunque la gratificación aumenta tu sueldo, también aumenta los descuentos legales y el posible pago de impuesto único.
Puedes calcular tu gratificación exacta y cómo influye en tu bolsillo con nuestra calculadora de gratificación legal.
Consideraciones finales
- Las empresas sin fines de lucro (fundaciones, corporaciones) no están obligadas a pagar gratificación legal.
- La gratificación se puede pagar mensualmente (lo más común) o una vez al año tras el cierre del ejercicio contable.
- En el finiquito, tienes derecho a recibir la gratificación proporcional por los días trabajados en el mes de salida.